Pensión de alimentos: cómo pedirla, subirla o bajarla

La pensión de alimentos es el dinero que el padre o la madre que no vive con sus hijos debe aportar cada mes para su comida, salud, educación y vivienda. Le explicamos cómo se calcula y qué hacer si no le pagan o si ya no puede pagar lo mismo.

Cómo le ayuda el Abogado Daniel Guerra

El principio supremo del interés superior del niño guía cada una de nuestras intervenciones. Fijamos pensiones alimenticias ajustadas a los ingresos reales (sistema SUPA), regulamos visitas que permitan una convivencia sana y tramitamos autorizaciones judiciales de salida del país con máxima rapidez.

  • Fijación, aumento o rebaja de pensión de alimentos en tabla SUPA
  • Regulación de régimen de visitas equitativo y respetuoso
  • Demandas y acuerdos de tenencia y patria potestad
  • Autorizaciones judiciales de salida del país para niños y adolescentes

Dónde actuamos: Juzgados de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Imbabura.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

El juez usa la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas que publica cada año el Consejo de la Judicatura. El valor depende de cuánto gana quien paga, cuántos hijos tiene y su edad. Nunca puede ser menor a la pensión mínima de la tabla.

¿Qué hago si no me pagan la pensión?

  1. Revise en el SUPA cuántas pensiones se deben.
  2. Con el abogado se pide al juez que liquide la deuda y ordene el pago.
  3. La ley permite medidas como la prohibición de salida del país y, en ciertos casos, apremio.

Tenencia y visitas

La tenencia decide con quién viven los hijos; las visitas, cuándo comparten con el otro padre o madre. Lo ideal es acordarlo en mediación, pensando siempre en el bienestar de los niños. Si no hay acuerdo, decide el juez.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me toca pagar de pensión de alimentos?

Depende de sus ingresos y del número y edad de sus hijos, según la tabla oficial del Consejo de la Judicatura de este año. Con su rol de pagos o ingresos podemos calcularle un valor aproximado.

¿Puedo pedir que me bajen la pensión?

Sí, si sus ingresos bajaron o tiene nuevas cargas familiares. Se presenta un incidente de rebaja ante el mismo juez que fijó la pensión, con pruebas del cambio.

¿Hasta qué edad se paga pensión de alimentos?

Por regla general hasta los 18 años, y hasta los 21 si el hijo o hija estudia y no tiene ingresos suficientes. En casos de discapacidad la obligación puede continuar.

Base legal en Ecuador: Código de la Niñez y Adolescencia (Título V, Libro II); Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas del Consejo de la Judicatura. Esta guía es informativa; cada caso es distinto, consúltenos antes de tomar decisiones.

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